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La nueva regulación del alquiler de temporada

A partir del día 1 de enero de este año ha entrado en vigor la Ley 11/2025, de 29 de diciembre, de medidas en materia de vivienda y urbanismo, cuyo objetivo principal es hacer frente a la problemática del acceso a la vivienda. En este caso, queremos centrarnos en los cambios relevantes introducidos por la norma en la regulación del alquiler de temporada y del alquiler de habitaciones.

¿Cuál es el ámbito territorial de aplicación de la nueva ley?

La nueva ley es una normativa de carácter estrictamente autonómico, por lo que es aplicable únicamente a los contratos formalizados en el territorio de Cataluña.

¿Cuál es el objetivo de la nueva ley?

Poner fin al vacío legal que permitía sortear el tope de precios mediante el alquiler de temporada y el alquiler de habitaciones. A partir de ahora, estas modalidades también quedarán sometidas a la regulación de precios en zonas tensionadas. Además, la nueva regulación del alquiler de temporada tiene como objetivo diferenciar claramente los usos temporales legítimos del arrendamiento de vivienda habitual, partiendo siempre de la presunción de uso como vivienda habitual, que sólo puede quedar desvirtuada si se acredita de forma clara y suficiente la causa real de la temporalidad.

¿Cómo se regula ahora el alquiler de temporada?

La norma distingue dos grandes categorías de contratos de temporada:

1. Contratos de temporada para uso recreativo, turístico, vacacional o de ocio.

Cuando el contrato tenga esta finalidad se considera un arrendamiento de uso diferente al de vivienda y se puede formalizar en cualquier época del año, pero deben cumplir una serie de requisitos formales, como indicar expresamente en el contrato la finalidad recreativa o vacacional, acreditar documentalmente esta finalidad, hacer constar el lugar de residencia permanente del arrendatario, además de depositar la fianza.

2. Contratos de temporada por motivos profesionales, laborales, de estudios, atención médica u otras situaciones temporales justificadas.

En los contratos de temporada vinculados a estos fines, la ley establece que, aunque el contrato siga siendo temporal, se aplicará el régimen propio de los arrendamientos de vivienda en aspectos como la fianza y garantías, la determinación y actualización de la renta, los incrementos de renta por mejoras o los gastos generales y servicios. Además, será obligatorio indicar expresamente la causa de la temporalidad en el contrato, acreditarla documentalmente (con el contrato de trabajo, matrícula académica, informe médico, etc.) y hacer constar el lugar de residencia habitual del arrendatario, además de depositar la fianza y la documentación en el INCASÒL.

¿Qué ocurrirá si un contrato de alquiler de temporada no cumple con los nuevos requisitos?

En la práctica, esto supondrá que muchos contratos que hasta ahora se formalizaban como alquileres de temporada pueden quedar sometidos al régimen de vivienda habitual si la causa no está suficientemente acreditada o si la Administración considera que el uso real de la vivienda no es verdaderamente temporal.

Si necesitan formalizar cualquier contrato de alquiler de temporada, pueden ponerse en contacto con nuestro despacho y les asesoraremos para llevar a cabo su correcta formalización.

 

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