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Recordatorio para Propietarios con Inmuebles en Alquiler de Corta Duración

Apreciados/Apreciadas,
Como ya les informamos en nuestra circular del 10 de enero, el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, establece la obligatoriedad de registrar todos los alojamientos de alquiler de corta duración en el Registro Único de Arrendamientos. Ahora que se acerca la fecha clave de entrada en vigor de la normativa, le hacemos un recordatorio de los aspectos esenciales para que pueda adaptarse sin contratiempo.

¿Quién está obligado?

Todos los propietarios que, de forma personal o a través de terceros, ofrezcan alquileres de corta duración o turísticos en cualquier plataforma de internet, ya sean sobre la totalidad o parte de un inmueble, incluidos los alojamientos en barcos o embarcaciones (que no estén vinculados a un servicio de navegación).

 

¿Qué implica?

La obtención, antes del 1 de julio de 2025, de un número de registro único expedido por el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles competente, requisito indispensable para poder anunciar los alojamientos a través de plataformas online. A partir de esa fecha, no se permitirá la publicación de anuncios sin este número de registro.
Presentar cada 12 meses el modelo informativo de arrendamientos de corta duración, que será aprobado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Este modelo incluirá, al menos, un listado anonimizado de los arrendamientos realizados y la identificación de la finalidad que justifica cada modalidad de alquiler.
Tener la cédula de habitabilidad en vigor, y, en el caso de alquileres turísticos, las licencias o autorizaciones administrativas correspondientes.
Las Administraciones podrán interponer sanciones a partir de ese mismo momento.

 

Régimen sancionador

Hasta que no se apruebe un régimen sancionador específico para las infracciones derivadas de esta normativa, serán de aplicación los regímenes sancionadores y las obligaciones previstas por la normativa estatal, autonómica y local vigentes.
En casos reiterados de imposición, se prevé la retirada del anuncio y sanciones económicas significativas.
Si necesitan cualquier gestión relacionada con este tema, pueden ponerse contacto con el Área de Gestión administrativa de Ribas Álvarez, en el Teléfono 972 21 06 73, donde serán debidamente atendidos.
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